El día 4 de agosto de 2018, que fuimos con mi esposa a hacer compras para la semana siguiente, por una distracción de las que soy totalmente capaz, olvidé la Tarjeta de Crédito (TC) del Scotiabank con que pagué los consumos que habíamos hecho en Metro de la Av. La Molina; sólo me di cuenta de ese olvido, cuando quise hacer otro pago el 7 del mismo mes, en horas de la tarde. Al darme con la ingrata sorpresa de que había extraviado mi TC, atiné a bloquear telefónicamente el uso de la misma para, acto seguido, dirigirme a Metro a consultar si, por “pura casualidad”, la cajera a quien le efectué el pago en la primera fecha señalada, había entregado la dichosa tarjeta: como “estamos en el Perú”, la mencionada empleada no lo hizo.
Al comunicarme nuevamente con el Banco, para consultar si se habían hecho operaciones (léase retiros o disposiciones de dinero) con mi TC, me respondieron que tenía dos retiros efectuados el día 6, por montos de US$ 500.00 y S/ 400.00 a primeras horas de la mañana (07:57 y 08:24, respectivamente); y, otros dos el día 7, por US$ 500.00 y S/ 400.00, también muy temprano (06:37 y 06:38 de esa mañana). De inmediato, envié una carta vía correo electrónico al Banco, reclamando por esos retiros que yo no había hecho, de lo que estaba seguro yo, pero no podía probar, a lo que el Banco me volvió a responder negativamente, dándome a conocer las cláusulas del Contrato al que yo me había avenido al obtener mi TC.
Como yo tenía la firme convicción de no haber retirado las cantidades de dinero anotadas, me dirigí al Indecopi y empecé un reclamo largo y tedioso, mientras que me vi obligado a ir abonando mensualmente las cuotas que correspondían al pago de los ya mencionados retiros, junto con los montos correspondientes al uso de la TC que reconocía plenamente. Como es de suponer, yo pensaba que la cajera a la que “dejé” mi TC, había usado la misma en su provecho, porque a mi juicio era la única explicación a lo que me sucedía.
Sin embargo, debo reconocer que no fue así, que la señorita en cuestión simplemente estuvo tan desatenta como yo al momento de la transacción y, que nunca pasó por su cerebro el criterio de devolverla a sus superiores en el centro comercial -o, nunca le dieron la formación que correspondía, si se trataba de una persona honrada, lo que no podría dar por descontado-. Esta última convicción se debe a que, al dar su respuesta el Banco a Indecopi, que dio curso al reclamo presentado por mí contra esa entidad financiera, la misma le respondió un documento en el que presentaba el detalle de todos los retiros de dinero que se habían efectuado con mi TC, entre los cuales se registraban dos aparte de los anotados, pero por montos similares de US$ 500.00 y S/ 400.00 el 21 de julio, esa vez en horas de la tarde (17:55 y 18:04, respectivamente). Esa información, repentinamente, me “abrió los ojos”: aquel día y horas, yo portaba la TC conmigo, con total seguridad; por consiguiente mi TC había sido “clonada”.
Desde entonces, fundamenté mi reclamo en ese hecho, que yo percibía con toda claridad, pero al que tanto el Banco como Indecopi no daban la menor importancia, al menos aparentemente en el caso de la segunda de ambas entidades. Tenía, también, un segundo argumento: yo nunca hice retiros de dinero de mi TC al Scotiabank, para lo que insistía en que el Banco exhibiera el historial de empleo de la misma; igualmente, tanto para Indecopi, como para el Banco, este argumento también era “transparente”.
En su procedimiento de atención a la queja que presenté a Indecopi hubo uno, muy importante para mí, que requería al Scotiabank informar con exactitud el emplazamiento de el/los cajero(s) automático(s) del Banco Continental desde donde se habían efectuado dos retiros por S/ 400.00 cada uno en distintas fechas: Scotiabank se había limitado a informar que estaba(n) en la Carretera Central y que ellos no podían obtener la información, tarea que le dejaban al Indecopi. La información que recibió Indecopi, fue que el Banco Continental posee varios cajeros automáticos en la Carretera Central. Esto dio lugar a que, al no poderse definir la ubicación precisa de dos cajeros automáticos, como mínimo, Indecopi diera valor al fundamento de clonación de mi reclamo (de acuerdo a la información brindada por Scotiabank respecto a los retiros efectuados a mi TC, en cada fecha de ejecutados se hicieron dos retiros en cajeros diferentes, por lo que tenía que haber correspondencia total entre el tiempo y la distancia a recorrer entre ambos, para desacreditar mi argumento de la “clonación” de mi TC).
Esta fue la causa de que, finalmente, Indecopi emitiera una resolución final, según la cual, la entidad bancaria no cumplió con demostrar que las operaciones efectuadas con mi TC fueron realizadas por mi persona y/o que las mismas no fueron llevadas a cabo con una tarjeta “clonada”.
Mi reclamo ante Indecopi lo presenté el 31 de octubre de 2018 y la resolución final e inapelable de esta última (con apelación de ambas partes incluida) se emitió el 29 de abril de 2019.
El hecho de referir esta ocurrencia se debe a mi propósito de demostrar que es posible ganar un reclamo de esta naturaleza, a pesar de que se pueda tratar de una desigual lucha tipo David contra Goliat; aunque debo reconocer que, para lograrlo, conté con la involuntaria ayuda del personal de Scotiabank que debió cumplir con la indicación de Indecopi de informarle la ubicación exacta de dos cajeros automáticos del Banco Continental, en cuyo caso tal vez Indecopi hubiera descartado mi argumento de la clonación. Naturalmente, considero que mi afán de hacer prevalecer la verdad, mi verdad, me dio perseverancia, de la que mucho necesité para afrontar un proceso que, sólo ante Indecopi, duró seis meses, pero desde que perdí la TC, fueron prácticamente tres meses más.
Debo añadir que, sin posibilidad de queja, recibí una especie de sanción de Scotiabank: redujo el monto de mi línea de crédito aproximadamente a una quinta parte del valor que tenía antes de los hechos narrados. Puesto que soy jubilado por edad, hasta cierto punto es una medida conveniente para mí, porque no me conviene endeudarme mucho ……
Gracias, por su lectura y comentario, raccon 8. Lo que he pretendido al narrar esta anécdota, es dar a conocer que es posible obtener resultados positivos por un reclamo ante entidades tan fuertes y con una plana de abogados que conforman toda un área legal dentro de una entidad financiera, que no se debe uno arredrar ante la fuerza que representa dicha entidad, frente a una persona que defiende sus derechos. Respecto a la posibilidad de que nos roben información nuestra, sólo quienes no lo quieren ver o creer, no lo hacen; en el caso que narro, para mí es claro que a Scotiabank y al propio Indecopi (en un principio), no les interesaba darme la razón.
Desgraciadamente, uno está en peligro que suceda, sea porque compra por Internet o en forma presencial, la clonación es inminente, pues confiamos o nos distraemos. Nos piden la TC para pasarla por la máquina y en verdad, la pasan por un doble scanner, que copia y extrae toda la información sin que nos demos cuenta y luego hace la operación regular y nos la devuelven. Sucede en los restaurantes o lugares donde entregamos la tarjeta para que se cobre, y nosotros no seguimos a la TC, en la confianza de que nada va a suceder. Hace 20 años, todavía podíamos confiar, ahora no hay que dar la tarjeta sin seguirla atentamente como esposo celoso. Mejor suerte en la próxima v…